La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó las consultas en su sitio web. El sistema comunica a los contribuyentes si están autorizados para adquirir divisas extranjeras con fines turísticos.
Para acceder a la nueva aplicación, se puede ingresar tanto desde la opción ¨Compra de moneda extranjera¨ como desde “Acceda con clave fiscal”. Por ambas vías, la AFIP solicitará completar el número de CUIT y la clave fiscal. Luego, habrá que completar una serie de datos obligatorios: país de destino, fecha de salida, fecha de partida, motivo del viaje y medio de transporte elegido. Además, en los casos de los profesionales, el organismo consulta si dispone o no de título habilitante. También el pasajero deberá aclarar fecha de nacimiento y CUIT. Si es menor de edad, nombre y apellido, y DNI.
La normativa comienza a aplicarse a tan sólo unas horas de un nuevo anuncio del organismo estatal: a partir del lunes próximo, se deberá contar con el aval de la AFIP para comprar dólares con los fondos obtenidos de un préstamo hipotecario. Antes, la misma entidad que suscribía el crédito se encargaba de convertir los pesos a moneda extranjera, pero a partir de esta disposición será la Administración Federal de Ingresos Públicos la encargada de autorizar o no dicha transacción.
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impuestos.iprofesional.com/notas/137510-Ya-est-disponible-el-nuevo-rgimen-de-compra-de-dlares-para-viajar-al-exterior
www.losandes.com.ar/notas/2012/5/29/para-comprar-inmuebles-dolares-pais-tambien-habra-informar-afip-645269.asp