La empresa se negaba a prestar servicio en esa área porque entendía a las villas como ¨zonas peligrosas¨ y denunciaba que los vecinos destruían las instalaciones. Finalmente, la Justicia dispuso que la empresa deberá ¨conectar los teléfonos a todos aquellos habitantes de casas de familia de la Villa de Emergencia Nº 20 que lo requieran o lo hayan requerido¨.
La disposición surgió luego de que la jueza federal en lo Civil y Comercial, Patricia Barbado, aceptara un amparo colectivo presentado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, que había denunciado como discriminatoria la actitud que venía manifestando Telefónica. El barrio, donde viven unas 20.000 personas, está frente al Parque Indoamericano, en Villa Lugano, y ha sido despreciado por la empresa en numerosas ocasiones.
La sentencia señala que la negativa a dar servicio ¨afecta el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato reconocidos por la Constitución¨ y también destaca que ¨no se deben admitir desigualdades en el acceso a los servicios públicos que satisfacen necesidades básicas de los hogares, entre los que se cuenta la prestación de telefonía¨.
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www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-201852-2012-08-25.html
www.minutouno.com/notas/260226-telefonica-debera-tender-el-servicio-la-villa-20-lugano
www.noticiasurbanas.com.ar/info_item.shtml?sh_itm=8ad1bf92aee4ebbc6466ad9080ef99d8