jueves 25 de abril de 2024
Cursos de periodismo

La Corte dio vía libre a Patti para ser diputado. Sostuvo que el Congreso no puede impedir la incorporación de un legislador

En un fallo dividido de 4 votos contra 3, la Corte Suprema reconoció la legitimidad de la banca de diputado de Luis Patti, quien ahora podrá reclamar su lugar en el Congreso Nacional.

El ex intendente de Escobar fue electo diputado nacional por su partido PAUFE en 2005, pero invocando el artículo 64 de la Constitución Nacional, que le confiere atribuciones sobre su composición, la Cámara Baja no lo habilitó para jurar. Así subió en su reemplazo, con mandato hasta 2009, quien le seguía en la lista, Dante Camaño.

En el ínterin, Patti fue detenido por su participación en la represión clandestina durante la última dictadura militar, y se halla en el penal de Marcos Paz. Ahora, puede reclamar la banca, lo que en los hechos implica que tendría fueros, ergo, deberían dejarlo en libertad.

«La Constitución nacional reconoce los fueros desde que el candidato es elegido por el pueblo», dijo sobre lo suscitado el abogado constitucionalista Gregorio Badeni. En rigor, y al haber asumido quien le seguía en la lista, Patti no podría asumir la banca, ya que el Código Electoral no prevé una marcha atrás.

“Sostener que existe un poder para rechazar el título a toda persona que viola la ética republicana puede tener consecuencias gravísimas para el mismo sistema que se dice proteger. Los que hoy se consideran satisfechos porque comparten el criterio de la mayoría, pueden ser afectados por esas decisiones cuando cambien las mayorías. Una idea confusa en manos de una mayoría podría dar lugar a que una persona sea rechazada porque es anarquista, otra porque es socialista, otra porque se opone a un gobierno dictatorial, otra por motivos religiosos o de género”, consideró la Corte Suprema en relación a Patti. En forma similar falló a favor del ex gobernador de facto de Tucumán Antonio Bussi, quien no pudo jurar su cargo de diputado en 1999, y fue habilitado después que se cumpliera su período de 4 años.

Más información
www.clarin.com/diario/2008/04/09/elpais/p-01001.htm
www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-102112-2008-04-09.html
www.lanacion.com.ar/EdicionImpresa/politica/nota.asp?nota_id=1002645

- Publicidad -

Lo último