sábado 20 de abril de 2024
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Un polémico fallo judicial considera que los agravios antisemitas no implican odio racial

Para los camaristas los insultos de este tipo correspoden a «amenazas». El INADI y referentes de la colectividad judía repudiaron el fallo.

De acuerdo a lo que determinó la sala I de la Cámara Federal porteña los agravios antisemitas no responden a la figura de «persecución u odio racial», sino a «amenazas». Se trata de un polémico fallo que resolvieron ayer los camaristas de esa sala en el marco de un caso que involucra a dos personas que mantenían una relación comercial y discutieron en un bar.

El juez de la sala II de la Cámara Federal porteña y subrogante en la sala I, Eduardo Guillermo Farah, indicó que «no se dijo que no es delito. Fue una situación desagradable entre particulares donde la conducta del agresor no significa una infracción al artículo 3 de la Ley Nacional Antidiscriminatoria», la cual indica una pena para aquellos que inciten a la persecución o al odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.

Ahora el caso caerá en manos de un juzgado ordinario y según trascendió la pena podría tener un monto mayor que el de una amenaza común. Por su parte, una vez que se conoció el fallo de ayer, el INADI y referentes de la colectividad judía repudiaron el veredicto de los magistrados.

Más información
criticadigital.com/impresa/index.php?secc=nota&nid=37223
www.clarin.com/diario/2010/01/20/sociedad/s-02123480.htm
www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-138746-2010-01-20.html

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