jueves 28 de marzo de 2024
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La Justicia pidió analizar un resarcimiento de 17 mil millones de dólares por la estatización de la deuda externa privada en 1982

Es «contra los funcionarios públicos que implementaron estas políticas y las empresas que se beneficiaron a costa de ellas». Estaría incluido el por entonces presidente del Banco Central, Domingo Cavallo.

El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi elevó un pedido a la Procuración General del Tesoro para que evalúe si es correspondiente «el inicio de acciones de reparación» contra aquellos funcionarios que en 1982 estatizaron «la deuda externa privada, transformando 17.000 millones de dólares en deuda pública».

La medida había sido reclamada a Martínez de Giorgi por el fiscal Federico Delgado, y apunta a un «objetivo resarcitorio» en el marco de una causa en la que habría intervenido el por entonces presidente del Banco Central, Domingo Cavallo. En ella, el fiscal pidió que se «evalúe si los hechos justifican el inicio de las acciones de reparación contra los funcionarios públicos que implementaron estas políticas y las empresas que se beneficiaron a costa de ellas».

Delgado explicó en su presentación de nueve carillas que «las empresas del sector privado se beneficiaron progresivamente con los regímenes de seguros de cambio instaurados, a partir del año 1981, por el Banco Central de la República Argentina». Y sostuvo: «la investigación contiene una significancia y un simbolismo que trascienden los intereses particulares a los que estamos acostumbrados a tratar en el ámbito penal».

Para el fiscal, «el objeto procesal que abarca esta ‘mega causa’ es complejo y requiere una mirada contextual para comprender los hechos que derivaron en el incremento del endeudamiento de la Argentina». Y citó a otros dictámenes de la Procuración General del Tesoro al afirmar que «el ejercicio de la acción civil, sea en sede penal o de modo independiente en sede civil tiene como sustento en que su titular -en el caso el Estado Nacional- haya sufrido algún perjuicio susceptible de apreciación pecuniaria, es decir un daño material».

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