La Cámara de Senadores de la Nación aprobó por unanimidad el proyecto sobre ¨muerte digna¨ que habilita a rechazar los tratamientos que prolonguen artificialmente la vida. Los menores de edad afectados también tendrán ¨derecho a intervenir¨ en la toma de la decisión. En caso de que el paciente se vea impedido de dar su consentimiento, serán sus familiares o los responsables legales los encargados de hacerlo.
Luego de cuatro horas de debate, finalmente se decidió modificar la Ley sobre Derechos del Paciente, y se dispuso el ¨derecho a aceptar o rechazar¨ terapias o procedimientos médicos o biológicos que busquen extender el ciclo de vida. La iniciativa plantea que se podrá dar ¨muerte digna¨ a todo paciente que presente ¨una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estadio terminal o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación¨.
Si bien la norma obliga al enfermo terminal a expresar su voluntad por escrito ante un escribano público, el paciente puede dar marcha atrás en su decisión de aceptar o rechazar tratamientos cuando lo desee. Por su parte, el médico a su cargo deberá dejar constancia sobre lo sucedido en su historia clínica.
Más información
www.lagaceta.com.ar/nota/490187/Politica/Senado-convirtio-ley-muerte-digna.html
www.infobae.com/notas/646841-Los-puntos-principales-de-la-ley-de-muerte-digna.html
www.clarin.com/sociedad/muerte-digna-casos-terminales-irreversibles_0_697730256.html