Se publicó la ley que establece las pautas que los magistrados deberán tener en cuenta a la hora de difundir las causas que tramitan en sus juzgados. La norma forma parte del paquete de seis leyes de reforma judicial que impulsó el Gobierno Nacional.
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La Ley Nº 26.856 publicada este lunes en el Boletín Oficial establece la obligatoriedad de la publicación íntegra de todas las acordadas, resoluciones y sentencias dictadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por los tribunales de segunda instancia que integran el Poder Judicial nacional. Al mismo tiempo, precisa que dicha publicación debe efectuarse a través de un diario judicial en formato digital accesible al público, en forma gratuita, por medio de la página de internet de la Corte Suprema. La norma determina que la publicación de los casos judiciales debe resguardar el derecho a la intimidad, a la dignidad y al honor de las personas y en especial los derechos de los trabajadores y de los niños, niñas y adolescentes.
Según la nueva ley lo que se busca es ¨evitar la mención de los datos sensibles de las partes, no divulgándose sus nombres u otros datos que permitan su identificación en aquellos procesos judiciales en los que de acuerdo a la normativa vigente corresponda practicar su reserva¨.
Más información:
www.infobae.com/notas/719052-El-Gobierno-reglamento-la-Ley-de-Acceso-a-la-Informacion-Judicial.html
www.iprofesional.com/notas/164649-El-Ejecutivo-reglament-la-Ley-de-Acceso-a-la-Informacin-Judicial
www.minutouno.com/notas/292495-reglametaron-la-ley-acceso-la-informacion-judicial