jueves 28 de marzo de 2024
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La Corte Suprema declaró inconstitucional penalizar la tenencia de droga para consumo

La medida hace referencia unicamente a la marihuana y para el consumo privado. El fallo se produjo en el marco de una causa cotra cinco jóvenes que fueron detenidos por tener tres cigarrillos de ese alucinógeno en sus bolsillos.

Como era de esperarse, ayer martes la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional un párrafo de la ley de drogas. Consideró que no puede castigarse, como dice dicha reglamentación, con dos años de cárcel a quien tiene estupefacientes para uso personal sino que ahora se trata de una decisión del ámbito privado protegida por la Constitución Nacional.

El fallo fue firmado de manera unánime por los siete miembros del tribunal y se produjo en el marco de un caso en el que cinco jóvenes no adictos y mayores de edad fueron detenidos porque tenían en sus bolsillos tres cigarrillos de marihuana cada uno. Los magistrados consideraron que no hacían ostentación ni afectaban la salud pública o a terceros ya que se supone que lo fumarían en forma privada.

El criterio adoptado ayer por la Corte Suprema deberá ser aplicado de ahora en más por los tribunales inferiores. Asimismo, el fallo solamente hace referencia a la marihuana y no a otras drogas y en el máximo tribunal aclararon que no significa «un permiso legal para consumir indiscriminadamente».

Más información
www.clarin.com/diario/2009/08/26/sociedad/s-01985961.htm
www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1166982
www.criticadigital.com/impresa/index.php?secc=nota&nid=29765

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