Las entidades financieras públicas serán las únicas que podrán abrir o mantener casas operativas en aeropuertos internacionales y puertos, siempre y cuando cuenten con la autorización correspondiente del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Además, los turistas sólo podrán cambiar 500 dólares al salir del país.
Se trata de una medida anunciada por el Directorio del Banco Central, que dispuso ¨la revocación de las autorizaciones oportunamente otorgadas¨ a las otras entidades financieras y cambiarias que operaban hasta hoy en aeropuertos y puertos. Según explicaron desde la entidad, la medida surge como consecuencia de ¨prácticas abusivas de entidades privadas¨ que afectaban a los viajeros. En numerosas ocasiones se verificó el pago de precios por la compra de moneda extranjera muy inferiores a los habituales de mercado, situación que afectaba a los turistas que llegaban a la República Argentina y perjudicaba el desarrollo del turismo.
La decisión fue adoptada luego de un relevamiento conjunto impulsado por el BCRA, la UIF, la AFIP y el ORSNA, que aconsejó avanzar con nuevas medidas destinadas a afianzar la prevención de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo en terminales portuarias y aeroportuarias. Según la nueva disposición, los tipos de cambio minoristas comprador y vendedor ofrecidos en las entidades públicas autorizadas a operar deberán ser uniformes para todas las sucursales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, en el caso de las casas operativas de los puertos y aeropuertos internacionales, deberá coincidir con el valor que se maneja en la ciudad capital de la provincia que se visite.
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