viernes 26 de julio de 2024
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La Corte reconoció la vigencia de la Ley de Medios para reordenar la grilla de TV paga

El máximo tribunal declaró que no le correspondía pronunciarse sobre la causa iniciada por la empresa Multicanal contra una resolución del 2008 del Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) sobre el ordenamiento de los canales del servicio de televisión por cable. Alegó que esa medida quedó sin efecto desde que entró en vigencia lo establecido por la Ley de Medios.

Se trata de una causa iniciada por la empresa del Grupo Clarín contra la resolución 227/08 del Comfer, por considerar que ese organismo carecía de las facultades necesarias para decidir sobre el asunto. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia reconoció por encima de esa medida, la vigencia del artículo 65 de la Ley de Medios, en el que se establecen ¨concretas disposiciones respecto del ordenamiento de la grilla de los operadores de servicios de televisión por suscripción de recepción fija¨.

De esta manera, el máximo tribunal confirmó que, tras haberse sancionado la Ley de Servicios Audiovisuales, todas las resoluciones anteriores quedaron subsumidas a la nueva legislación y que, por esa razón, el de Multicanal es un “planteo abstracto” sobre el cual “le está vedado expedirse”.

Más información:
www.lanacion.com.ar/1508087-la-corte-avalo-la-grilla-de-canales-de-cable-que-establecio-el-gobierno
www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-203299-2012-09-13.html
www.telam.com.ar/nota/37903/           

 

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