domingo 26 de enero de 2025
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La AFIP reglamentó el procedimiento de las Declaraciones Juradas para funcionarios

Funcionarios públicos y candidatos a cualquier cargo político deberán completar la «Declaración Jurada Patrimonial Integral» al asumir sus funciones y anualmente mientras se desempeñan en el cargo; según la resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La Ley Nº 26.857 modificó la Ley Nº 25.188 (Ley de Ética de la Función Pública). Con la nueva medida, se determina que las Declaraciones Juradas Públicas sean «iguales a aquellas que con fines impositivos se presentan ante la AFIP», es decir, se logra «la unificación de las mismas a efectos de cumplir con ambos regímenes legales, dotando de mayor congruencia al sistema y optimizando la calidad y certeza de la información». Además, la norma determina «la supresión de la Comisión Nacional de Ética Pública, la cual se encuentra sin conformarse pasados 14 años desde su creación, estableciéndose la obligatoriedad de la publicación en internet de las declaraciones juradas, a fin de facilitar un mejor y eficiente control social del desempeño de los funcionarios públicos».

La resolución 3511 de la AFIP detalla que la información incluida en la Declaración Jurada corresponderá al periodo fiscal finalizado al 31 de diciembre de cada año y la obligación debe cumplirse aún en el caso de que los » obligados no posean bienes y/o patrimonio para declarar». Además, la entidad liderada por Ricardo Echegaray enviará las declaraciones a la Oficina Anticorrupción, que depende del Ministerio de Justicia.

Más información:
www.infobae.com/notas/719389-La-AFIP-reglamento-el-procedimiento-de-las-Declaraciones-Juradas.html
www.lanacion.com.ar/1599618-desconcierto-frente-al-limite-a-los-datos-sobre-bienes-de-funcionarios
www.clarin.com/politica/funcionarios-pediran-datos-Declaraciones-Juradas_0_952704939.html

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